Agencias Detectives Privados

Cuando un cliente busca un detective privado para realizar una investigación se requiere que en todo momento exista confidencialidad y discreción por parte del profesional, es decir que toda la información que el detective obtenga o la que le sea proporcionada por el cliente, no sea compartida con terceras personas ajenas a la investigación.

En muchas ocasiones no basta solamente con actuar de buena fe, por ello el deber de secreto profesional y la garantía de confidencialidad por parte de un detective está contemplada en la Ley de Seguridad Privada 5/2014.

Índice
1 ¿Qué es el secreto profesional y la garantía de confidencialidad?

¿Qué es el secreto profesional y la garantía de confidencialidad?

La confidencialidad es el compromiso y la propia asunción de responsabilidad que adquiere un profesional para ser reservado a la hora de manejar la información a la que tiene acceso. Recordemos que cuando nos referimos a información, describimos todos aquellos datos que pueden ser compartidos o comunicados, ya sean documentos, audios, videos, fotografías, etc…, no necesariamente tiene que ser “información escrita”.

El secreto profesional de un detective puede explicarse en seis aspectos:

  1. Un detective privado tiene la obligación y el derecho de guardar el secreto profesional sobre los acontecimientos de los que tenga conocimiento en su actuación profesional durante una investigación
  2. El secreto profesional exige la no revelación de hechos, datos o información de carácter confidencial, independiente de si dicha información ha sido obtenida durante una investigación o bien ha sido proporcionada por el cliente, otro compañero de profesión o terceros.
  3. Una agencia de detectives privados deberá hacer cumplir el secreto profesional a sus colaboradores, trabajadores y cualquier persona que participe durante una investigación.
  4. El cumplimiento del secreto profesional subsistirá inclusive cuando la investigación haya terminado o cesado.
  5. Cuando se obtengan grabaciones como prueba en una investigación se tendrá la obligación de guardar el debido secreto profesional. Dichas pruebas no podrán hacerse públicas bajo ningún motivo que no esté contemplado dentro del marco legal.
  6. Un detective privado nunca deberá entregar ningún tipo de información a nadie que no sea su cliente, ya sea un informe escrito, oral o cualquier tipo de prueba obtenida en la investigación, salvo que este expresamente autorizado por el cliente.

¿Es confidencial lo que le cuentas a un detective?

Por supuesto, si un detective privado revela cualquier tipo de información obtenida mediante una investigación podría incurrir en un delito tipificado en el Código Penal.

¿Las investigaciones privadas son confidenciales?

Cualquier investigación privada ya sea de índole particular o empresarial realizada por un detective privado es completamente confidencial, así como todo lo relativo a la información obtenida en ella. En España existen herramientas legales para hacer valer ese deber y derecho al secreto profesional y la confidencialidad.

¿Qué protege la confidencialidad?

La confidencialidad protege toda aquella información necesaria compartida a un detective para poder realizar una investigación, así como las pruebas e información obtenida durante la misma.

Ley 5/2014 4 de abril de seguridad privada

La profesión del detective privado está regulada por la Ley 5/2014 de 4 de Abril de Seguridad Privada en cuyo artículo 50 se recogen estos aspectos relacionados con la confidencialidad y el secreto profesional.

“Artículo 50. Deber de reserva profesional

  1. Los detectives privados están obligados a guardar reserva sobre las investigaciones que realicen, y no podrán facilitar datos o informaciones sobre éstas más que a las personas que se las encomendaron y a los órganos judiciales y policiales competentes para el ejercicio de sus funciones.
  2. Sólo mediante requerimiento judicial o solicitud policial relacionada con el ejercicio de sus funciones en el curso de una investigación criminal o de un procedimiento sancionador se podrá acceder al contenido de las investigaciones realizadas por los detectives privados.”
  3. El Código Penal en su artículo 199 hace énfasis en el tipo penal de descubrimiento y revelación de secretos:
  • El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.
  • El profesional que, con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los secretos de otra persona, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos a seis años.

Fuente: CTX Detectives Privados

Source